Vigilante de Seguridad España

lunes, 16 de noviembre de 2015

Plan de Prevención y Protección Antiterrorista

Plan de Prevención y Protección Antiterrorista

Plan de Prevención y Protección Antiterrorista
















El Plan de Prevención y Protección Antiterrorista fue aprobado por el Comité Ejecutivo para el Mando Unificado (CEMU) en su reunión del 31 de marzo de 2005  tiene su antecedente en el Acuerdo de La Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis, que decidió en 2004 poner en marcha un Plan Especial de Seguridad (PES) para prevenir la amenaza terrorista, concretado por Secretario de Estado de Seguridad a través de la Instrucción 7/2004.
A finales de Junio de 2009 El Comité Ejecutivo para el Mando Unificado (CEMU) del Ministerio del Interior ha revisado y modificado el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista para mejorar su eficacia y perfeccionar su coordinación con otros planes operativos (singularmente el Plan de Protección de Infraestructuras Críticas). Para ello, la revisión incluye una modificación de los niveles de amenaza, que se equiparan con los de otros países de nuestro entorno.
Mediante Instrucción 5/2012 se modificó la competencia para determinar el grado de intensidad dentro de cada nivel, correspondiendo al Secretario de Estado de Seguridad fijar el nivel y siendo los responsables del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil los que determinan la aplicación operativa de la "intensidad" (cada nivel de alerta tiene baja intensidad y alta intensidad), su ámbito de actuación y los recursos aplicables.
Objeto y Finalidad: Surge de la necesidad de adoptar nuevos y específicos dispositivos de seguridad que puedan dar una respuesta global e integral al riesgo de posibles ataques terroristas frente a objetivos indiscriminados y susceptibles de producir un gran número de víctimas las medidas en él contenidas tienen por objeto la vigilancia y protección de los lugares de alta concentración de personas, así como los objetivos estratégicos imprescindibles para el normal funcionamiento de la actividad ciudadana.

Niveles de Alerta: Tras la modificacion de Junio de 2009 el Plan pasa a contar con cuatro niveles de activación que se corresponderán en cada momento con los diferentes niveles de amenaza terrorista:
  • Nivel 4: Riesgo de Atentado Terrorista Inminente: situación de emergencia se movilizan todos los efectivos necesarios para proteger al país. Posible valoración por el Gobierno de la aplicación de medidas contempladas en la Ley Orgánica 4/1981 (Estado de Alarma)
  • Nivel 3: Riesgo Altamente Probable de Atentado Terrorista: se movilizan las unidades especiales de intervención y reserva, control de lugares de afluencia masiva de personas, centros de transportes y movilidad, protección de infraestructuras críticas, pueden establecerse restricciones de acceso.
  • Nivel 2: Riesgo Probable de Atentado Terrorista: las unidades de seguridad ciudadana protegen las infraestructuras críticas y aquellos puntos que se consideren sensibles.
  • Nivel 1: Riesgo Potencial de Atentado Terrorista: es el nivel más bajo, las evaluación de los servicios antiterroristas no detectarían amenazas que hicieran necesarias medidas de protección especiales.
Además, cada uno de estos niveles contemplará Dos Grados de Intensidad: ALTA O BAJA con el fin de que las medidas previstas se ejecuten en toda su amplitud o sólo en parte. El secretario de Estado de Seguridad será el encargado de establecer la activación de cada uno de los niveles, mientras que la intensidad la determinará el director general de la Policía y de la Guardia Civil de acuerdo con la información operativa disponible.
 
Historico: Con fecha de 7 de enero de 2015, se determinó aplicar el NIVEL 3, en su Intensidad BAJA. Desde Julio de 2012 el nivel establecido en España era de Nivel 2, con intensidad BAJA, en Junio de 2014 se elevó durante la proclamación del nuevo Rey (Felipe VI) a Nivel 3 con Intensidad ALTA, cuando finalizo dicho acto se restableció el nivel anterior hasta Septiembre de 2014 que se elevó a Nivel 2- ALTA intensidad. Este el histórico conocido:
  • 07-2012 a 06-2014: Nivel 2 - Bajo
  • 06-2014 a 06-2014: Nivel 3 - Alto
  • 06-2014 a 09-2014: Nivel 2 - Bajo
  • 09-2014 a 01-2015: Nivel 2 – Alto
  • Desde 01-2015: Nivel 3 – Bajo
planificacion
Planificacion: el Plan encomienda al Cuerpo Nacional de Policía y a la Guardia Civil la evaluación periódica de la amenaza terrorista contra lugares con alta concentración de personas y contra infraestructuras críticas. A partir de dichas evaluaciones, el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO) realizará una evaluación final de la amenaza y del riesgo que será comunicada a los máximos responsables del Ministerio del Interior. Por su parte, el Centro Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas (CNPIC) adecuará sus actuaciones al nivel activado en cada momento y el Plan Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas contará con una clasificación de niveles de riesgo similar a la del Plan de Prevención y Protección Antiterrorista.

Ámbito De Actuación:  el Plan se centra fundamentalmente en la protección de grandes infraestructuras de transportes terrestres, aéreos y marítimos, donde se produzcan grandes concentraciones humanas; en acontecimientos deportivos que concentran gran cantidad de ciudadanos; en las áreas o edificios emblemáticos de cada una de las ciudades en los que pueda darse una especial afluencia de ciudadanos o puedan ser identificados como de especial interés por elementos terroristas para sus acciones; y en las grandes superficies comerciales, dada la importante afluencia que se producen de ciudadanos a las mismas.

Recursos Humanos: participan en su ejecución las Fuerzas Armadas y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. El Plan delimita los servicios y criterios de actuación asignados a cada uno de ellos. Los diferentes niveles contemplan una serie de actuaciones tanto de vigilancia como de prevención y disuasión en función de la amenaza y prevén la colaboración con los servicios de seguridad privada (nivel 1) y con las Fuerzas Armadas, que serán alertadas para su eventual intervención en el nivel 3 y cuya colaboración está prevista en el nivel 4. En el nivel extremo (4), se prevé igualmente la activación del Equipo Policial de Apoyo ante grandes ataques terroristas, creado en 2005.

Así, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ejecutarán planes específicos de seguridad, tendrán las siguientes finalidades:
  • Detección de miembros de organizaciones terroristas.
  • Realización de controles a fin de detectar la presencia de vehículos utilizados por las citadas organizaciones.
  • Control intenso de personas a la entrada de acontecimientos que supongan una importante afluencia de ciudadanos, con el fin de evitar la presencia de individuos que puedan comprometer su seguridad.
  • Protección de lugares de afluencia masiva de personas y de otros objetivos con riesgo de ser atacados.
Las Fuerzas Armadas, por su parte y ante situaciones de alto riesgo deberán activar planes operativos específicos, para la realización de las siguientes funciones:
  • Vigilancia y protección de grandes infraestructuras de transportes aéreos, terrestres y marítimos.
  • Protección de objetivos estratégicos, definiéndose como tales y entre otros, los relacionados con el sector energético, los Centros de Abastecimiento de Hidrocarburos, las Plantas de Regasificación, los Depósitos y redes de distribución de agua potable, las grandes presas o los centros de comunicaciones.

Coordinación del Plan: durante el periodo de activación se constituirá en la Secretaría de Estado de Seguridad, principal responsable de las tareas de coordinación entre las Fuerzas de Seguridad del Estado, las Fuerzas Armadas y el resto de las autoridades que deban intervenir en el mismo, el Centro de Coordinación Principal (CECOSE). Los delegados y subdelegados del Gobierno, convocarán también reuniones con los responsables de las FCSE, policías autonómicas y locales, a los efectos de estudiar planes de actuación policial específicos en las fechas afectadas, siendo responsables de la supervisión de las medidas adoptadas.

Equipo Policial de Apoyo ante Grandes Atentados Terroristas: Mediante Instruccion 1/2006 la Secretaria de Estado de Seguridad ha creado un Equipo especializado para actuar ante grandes atentados, esta formado por personal del Cuerpo Nacional de Poliica y la Guardia Civil, e integra las siguientes especialidades: Informacion, Policia Cientifica, Desactivacion de Explosivos y Especialistas en NRBQ. Entre sus principales funciones la recogida y analisis de pruebas, prevenciones en caso de explosibos o NRBQ, tareas de informacion, etc... mantendra una relacion
constante con el CNCA.

Publicado por Angel Cruz Gallardo en 7:20 No hay comentarios:
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sábado, 14 de noviembre de 2015

¿Cómo funciona un detector de metales?





¿Cómo funciona un detector de metales?

detector de metal


Menciona la palabra detector de metal y tendrás diferentes reacciones de la gente. Por ejemplo, algunas personas piensan en individuos peinando las playas en busca de monedas, joyas o cualquier tipo de objeto de valor que puedan encontrar. Otros piensan directamente en lo pasos de seguridad de los aeropuertos o en eventos deportivos o musicales. Lo cierto es que cualquiera de estos escenarios son válidos. La tecnología par detectar metales es algo bastante integrado en la sociedad, donde lo podemos encontrar en nuestro ocio, el trabajo o en ciertos sitios por donde pasamos. Los detectores de metales en aeropuertos, edificios oficiales, prisiones, empresas y otros sitios, nos ayudan a asegurarnos que nadie lleva un arma encima. Por otro lado, los detectores de metales orientados al consumo privado, le da la oportunidad a millones de personas por todo el mundo de encontrar “tesoros” escondidos, junto a muchos objetos sin valor.
Veremos a continuación como funcionan un detector de metal y las varias tecnologías que usa. Nos centraremos en los utilizados por los usuarios comunes, pero mucha de la información aplica a los utilizados en sistemas de seguridad más sofisticados como en aeropuertos o detectores de mano.
Un detector de metales típico es bastante ligero y consiste en varias partes:

  • Un estabilizador, el cual es opcional. Usado para mantener la unidad estable mientras la estás manejando.
  • Caja de control, que contiene los circuitos, los controles, el altavoz, las baterías y el microprocesador.
  • La barra que conecta la caja de control y la bobina. Normalmente es ajustable para que lo puedas poner de una forma que te resulte cómoda para tu altura.
  • La bobina de búsqueda. Es la parte que realmente detecta el metal, y se la llama la antena, o cabeza de búsqueda.
Muchos sistemas tienen un jack para conectar unos auriculares, y algunos modelos tienen la caja de control debajo de la barra y una pequeña unidad de pantalla en la parte superior.
Operar con un detector de metales es simple. Una vez que pones la unidad en marcha, te mueves despacio por el área donde quieres hacer la búsqueda. En muchos casos, mueves la bobina hacia delante y atrás por el suelo en frente de ti. Cuando pasas el detector sobre un objetivo, se escucha una señal audible. Algunos detectores de metal más avanzados disponen de una pantalla que determinan el tipo de metal que se ha detectado y a cuanto está enterrado en el suelo.

Los detectores de metales usan una de estas tres tecnologías: VLF (Very Low Frequency). PI (Pulse Induction) y BFO (Beat-frequency oscillation). En las siguientes secciones veremos cada una de estas tecnologías en detalle para ver como funcionan. Lo puedes ver pulsando aquí.
Publicado por Angel Cruz Gallardo en 12:34 No hay comentarios:
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jueves, 12 de noviembre de 2015

Seguridad en Urbanizaciones y Zonas Residenciales (Vigilantes de Seguridad)

Seguridad en Urbanizaciones y Zonas Residenciales

Las zonas residenciales y las urbanizaciones necesitan servicios específicos teniendo en cuenta la seguridad  que deben ocuparse del control de accesos  de las zonas y de los servicios comunes, teniendo siempre en cuenta su extensión.
Después de haber ampliado nuestra oferta adaptándonos a las necesidades de nuestros clientes y tras largos años de experiencia, actualmente podemos ofrecerles un Plan de Seguridad para Zonas Residenciales y Urbanizaciones que satisfará todas sus demandas y garantizará la seguridad y el correcto funcionamiento de las zonas comunitarias.
Podemos ofrecerle soluciones adaptadas a las características de su zona residencial y su equipamiento. Les ofreceremos alternativas, les ayudaremos a elegir la opción que se adapte mejor a su Urbanización y nos encargaremos de hacer realidad su proyecto. Nos ocuparemos de:

  • Analizar riesgos en cuanto a los accesos y zonas comunes y plantear un proyecto viable.
  • Seleccionar e instalar los elementos de seguridad.
  • Efectuar la conexión a central receptora de alarma o CRA.
  • Proporcionar Personal Auxiliar y/o Vigilantes de Seguridad.
  • Patrullas, Custodia de Llaves o Servicio Acuda.
Los servicios integrales de Enerpro, como Empresa de Seguridad pueden ofrecerle la perfecta combinación de vigilancia electrónica con la vigilancia física que proporciona nuestro personal auxiliar y así cubrir sus necesidades.
Video-Vigilancia
La video-vigilancia electrónica le puede proporcionar gran seguridad, per su tranquilidad completa se la proporcionarán nuestros Controles de Vigilancia Presencial, realizados por Vigilantes de Seguridad con una alta formación y habilitados convenientemente por el Ministerio del Interior.
Los sistemas electrónicos incluyen la instalación en puntos estratégicos de cámaras de video-vigilancia, sensores de movimiento y cámaras fijas. En todo caso, la Comunidad de propietarios de la urbanización ha de tener en cuenta que la Ley de Protección de Datos exige ciertos requerimientos que han de ser respetados para que la instalación se encuentre dentro de la legalidad.
Si la instalación de video-vigilancia ha de hacer grabaciones, la Comunidad debe notificarlo antes a la AGPD para que se inscriba dicha circunstancia en el Registro General. También hay que tener en cuenta que por ley no se pueden conservar las grabaciones más de un mes desde la fecha en que se hicieron.
Las personas que circulen por la zona controlada por cámaras deben ser informadas de forma obligatoria de que pueden ser grabadas, tal como se indica en la Ley de Protección de Datos. Por lo tanto, la Comunidad debe encargarse de que se coloquen carteles o rótulos informativos de forma muy visible, tanto si la zona video-vigilada es abierta o cerrada.
Vigilantes de Seguridad
Nuestra empresa cuenta con Vigilantes de Seguridad perfectamente preparados para realizar un trabajo eficaz, y si resulta necesario tomar decisiones de carácter urgente, siguiendo la línea de actuación pautada en un protocolo establecido que respeta siempre la legalidad y sobre todo tienen en cuenta la seguridad de la urbanización y la de sus residentes.
Los Vigilantes de Seguridad de Enerpro, ejercen múltiples funciones entre las que se encuentran las siguientes:

  • Servicios de Vigilancia Exterior e Interior en Urbanizaciones. Rondas de vigilancia.
  • Controles de Vigilancia Presencial periódicos (tanto de día como de noche) para revisar los diferentes puntos de interés:
    - Zonas de uso común.
    - Accesos (incluyendo las entradas de vehículos).
    - Jardines comunitarios y zonas de juego infantiles.
    - Instalaciones deportivas (piscinas, pistas deportivas…).
  • Custodia de Llaves.
  • Servicio Acuda.
Nuestros servicios de vigilancia evitarán los riesgos a los que suelen estar expuestas las Urbanizaciones o Zonas Residenciales:

  • Robos y allanamientos en las viviendas, por la protección que suponen las visitas programadas de nuestros vigilantes.
  • Daños por vandalismo en las áreas comunitarias.
  • Daños por inundación, incendio o accidentales, causados o no por un mal mantenimiento de las instalaciones o servicios de la comunidad.
Auxiliares
Los Auxiliares de Servicio se ocupan de dar apoyo a nuestros vigilantes y también de otras funciones para la comunidad, como el control de accesos y el mantenimiento de las zonas comunes o maquinaria. Las necesidades de cada Zona Residencial o Urbanización determinarán el programa de trabajo de nuestros auxiliares, teniendo en cuenta ésta línea orientativa:

  • Control de accesos, de entrada y salida de vehículos, personas y bienes. Orientación a las visitas y operarios.
  • Apertura y cierre de puertas o portales de zonas comunitarias.
  • Distribución y recogida de correo y paquetería.
  • Mantenimiento de iluminación, contadores de suministro y equipos electrónicos o mecánicos.
  • Encendido y apagado de luces o servicios comunitarios.
  • Limpieza de zonas comunitarias.
  • Recogida y reciclaje diario de basuras. Traslado/recogida de contenedores comunitarios en su caso.
  • Rondas periódicos de inspección, para comprobar el buen funcionamiento de las instalaciones o equipos de la finca.
Si desea prevenir o resolver cualquier problema de seguridad o de mantenimiento, pueden contactar con nosotros sin ningún compromiso. Recibirán la información más detallada y la máxima atención por nuestra parte. Nuestros asesores les ayudarán a diseñar un proyecto adaptado a las necesidades que tenga su Urbanización o Zona Residencial y se encargarán de supervisar la instalación de los medios técnicos así como de la puesta en marcha del servicio de seguridad con nuestros auxiliares de vigilancia o vigilantes de seguridad. Confíenos su seguridad y el mantenimiento de sus zonas comunes y sus viviendas, tanto si es una zona residencial, urbanización o comunidad de propietarios. Con nosotros tendrá la máxima tranquilidad:

  • Personal formado específicamente para la Vigilancia son los  Vigilantes de Seguridad.
  • Horarios de totalmente flexibles durante los 365 días del año.24 horas 
  • Absentismo 0. Suplencias garantizadas.
  • Calidad en el servicio garantizada por una constante supervisión de nuestros inspectores.
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domingo, 8 de noviembre de 2015

Collares y Arneses para tu Mascota

 Collares y Arneses para tu Mascota

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Los propietarios de Perros muchas veces tienen dudas a la hora de elegir collar o arnés para el paseo de su perro, además suelen encontrarse con opiniones contrarias incluso entre profesionales de la educación canina.
Hay varios factores que hay que valorar al decidir cuál de ellos es mejor para nuestro perro , el arnés o el collar se pueden utilizar de manera similar , también podemos usar los dos, la morfología, edad y comportamiento del perro durante los paseos serán algunos de estos factores a tener en cuenta.
Los collares son los mejores para la educación de cachorros y perros jóvenes, son muy útiles para la formación, se usan variedad de collares, y correas largas para enseñar a los cachorros a caminar por la calle correctamente, o acudir a la llamada,etc..
Además, también hay collares específicos y muy variados, desde collares muy suaves y anchos pensados para la educación de cachorros, hasta collares de adiestramiento que pueden ser peligrosos en manos de particulares inexpertos .
A menudo los propietarios de perros sacan a sus mascotas a pasear con un collar de ahorque , y se utilizan de forma incorrecta, los collares de estrangulación pueden causar mucho daño a la garganta y cuello de su perro , así que si usted elige utilizar un collar , asegúrese de usar un collar de nylon resistente que se ajusta al tamaño correcto de su perro y no busque solucionar problemas con collares de adiestramiento, no conseguirá mas que dañar a su perro.
Arneses también encontramos variedad, y algunos de uso profesional.
Los arneses permiten que la garganta quede libre y no se dañe si el perro da un tirón fuerte, los arneses ( Easy Walk ) se utilizan mucho en los últimos años . son de nylon suave con una anilla en la parte delantera del pecho del perro, en lugar de la parte superior de la espalda, estos arneses son muy útiles para perros difíciles de controlar.
El arnés es indispensable para viajar en el coche, si ponemos un collar acoplado al cinturón de seguridad, si tuviéramos un accidente, el perro podría ahorcarse fácilmente,en cambio un arnés sujetaría el cuerpo del perro evitando posibles daños graves tanto al animal como a los demás ocupantes del vehículo
Tanto los collares como los arneses pueden ser adecuados en distintos momentos o etapas de la vida de nuestro perro, pero a la hora de escoger tanto uno como otro debemos informarnos y dejarnos aconsejar por un experto que valorará primero cual de las dos opciones es la adecuada para cada animal en el momento, y después, deberá aconsejar un tipo de collar o arnés, valorando las necesidades de cada perro y su familia.

Los collares que debe usar un particular son exclusivamente ?collares de paseo? nunca herramientas creadas para el uso profesional.
Tipos de collar
– De púas : Son collares metálicos, con púas que retuercen la piel del cuello cuando el perro tira de la correa, se inventaron para el uso profesional  y asistían al educador durante las clases de adiestramiento, en realidad los collares de púas son instrumentos asociados a antiguas técnicas de adiestramiento y la gran mayoría de educadores actuales ya no cuentan con ellos a la hora de educar a un perro, es un collar que deja de ser útil rápidamente en manos de particulares, ya que los perros suelen acostumbrarse al dolor y seguir tirando de la correa aun cuando están dañando su cuello.
collar de puas  Tipos de collares y arneses para tu perro collar de puas
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– De ahorque : Este collar, mas usado puede llegar a ser muy peligroso para un perro, jamás debería ser usado como collar de paseo ni por personas inexpertas que pretenden usarlo durante las clases de adiestramiento de su perro , por otra parte aunque es un collar que puede ser muy elegante a la hora del paseo, es poco seguro,es fácil que el perro lo pierda al inclinar la cabeza para olisquear, solo debería usarse en perro mayores, que no tiren nunca de la correa.
ahorque collar  Tipos de collares y arneses para tu perro ahorque collar
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– De morro/cabeza o ( Halti) : Un collar pensado para perros que tiran mucho de la correa y son difíciles de controlar, una idea basada en la función de la cabezada en los caballos, útil en según que situación, pero no es la solución definitiva a los tirones y tampoco debería estar al alcance de gente inexperta, el ?HALTI? necesita de un aprendizaje previo, tiene su técnica y hay que conocer los detalles antes de colocárselo a nuestro perro sin mas.
collar de morro  Tipos de collares y arneses para tu perro collar de morro
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– Collares de Paseo : Son collares  de cuero o collares de Nylon normalmente, hay infinidad de modelos,en estos collares se busca el confort y la seguridad a la hora del paseo, los collares de NYLON son fáciles de lavar,mas económicos y prácticos, podemos usarlos durante el baño, adaptarlos durante el crecimiento de nuestro cachorro, y disponemos de infinidad de modelos y estilos , acolchados, reflectantes, con asa, etc…
collar de paseo perro  Tipos de collares y arneses para tu perro collar de paseo perro
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Algunos Tipos de Arneses
– Arnés Easy Walk : El arnés para perros Easy Walk? está diseñado para impedir que el perro tire de la correa mientras lo pasea, a diferencia de los arneses tradicionales, el arnés Easy Walk no provoca tos, ahogo o asfixia, dado que la correa frontal descansa por debajo del esternón, en vez de sobre la delicada zona de la traquea.

– Arnés Merhi-Long: Nuevo concepto de arnés concebido para perros que puedan tender a problemas de rozamiento o abrasión en el pecho o entre las patas.
Modelo de arnés Merhi-Long retrasa el punto de enganche, la sujeción inferior tiene doble cinta y se retrasa por detrás del tórax consiguiendo que el arnés quede más sujeto y que sea más difícil que el perro se escape.
La amplia zona de soporte en el cuello con acolchado en la zona de esfuerzo lo hace un arnés muy cómodo y fácil de poner.
El soporte acolchado bajo pecho/tórax ayuda a controlar al perro sin ocasionar presión en tirones bruscos.
Especialmente indicado para perros de pelo corto y cuello delgado/medio, razas de caza, galgos,…

– Arnés EzyDog Quick Fit : Un arnés como y rápido diseñado para el paseo
Una funda de neopreno en la cinta del pecho para evitar roces. Cosido reflectante para mejorar la visibilidad en los paseos nocturnos. Anilla de acero inoxidable montada de forma flotante para que resulte totalmente confortable. Una única hebilla de cierre.
Además de ser excepcionalmente funcional, el Quick Fit Harness está diseñado para el confort, se ajusta perfectamente al contorno de cada perro.

– Arnés SENSE-ible : Este arnés de adiestramiento es un producto totalmente novedoso y es una excelente alternativa a los collares de púas o estrangulamiento que muchas veces resultan incómodos para los perros.
El arnés de control Sense-ible permite un entrenamiento sin estrés y en pocas sesiones conseguirá que su perro no tire de la correa, no salte ni de problemas cuando va de paseo atado de la correa.

Arneses de trabajo : Hay una gran variedad de arneses adaptados a las diferentes modalidades tanto de deportes como de trabajo, arneses para Canicross, rescate en el agua, rescate en la montaña, búsqueda, policía , incluso para perros en en periodo de rehabilitación
Debemos tener en cuenta que la elección del collar o arnés o de los dos, es muy importante y que lo adecuado es dejarnos asesorar por un profesional .
Arnés SENSE-ible  Tipos de collares y arneses para tu perro JULIUS K9
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sábado, 7 de noviembre de 2015

Requisitos para ser Vigilante de Seguridad en España

Requisitos

Para poder participar en las pruebas de selección que convoque la Secretaría de Estado de Seguridad, para la obtención de las habilitaciones profesionales, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:


  1. Ser mayor de edad.
  2. Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o bien que le sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario conforme al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
  3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
  4. Poseer la aptitud psicofísica a tenor de lo dispuesto al efecto en el Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada, excepto para el personal en activo que ejerza funciones de seguridad pública o privada.
  5. Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
  6. No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto de las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
  7. No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad privada.
  8. No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores.
  9. Poseer el diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso o cursos correspondientes en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad.
Los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuya habilitación o cualificación profesional haya sido obtenida en alguno de dichos Estados para el desempeño de funciones de seguridad privada en el mismo, podrán prestar servicios en España, siempre que, previa comprobación por el Ministerio del Interior, se acredite que cumplen los siguientes requisitos:
  1. Poseer alguna titulación, habilitación o certificación expedida por las autoridades competentes de cualquier Estado miembro o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que les autorice para el ejercicio de funciones de seguridad privada en el mismo.
  2. Acreditar los conocimientos, formación y aptitudes equivalentes a los exigidos en España para el ejercicio de las profesiones de seguridad privada, para lo cual deberán estar en posesión de los siguientes documentos:
  1. En los casos en que el Estado de origen regule las diferentes profesiones de seguridad privada, el certificado de competencia o título de formación que las acredite como tal. Dicho certificado o título deberá reunir los siguientes requisitos:
  • Haber sido expedido por una autoridad competente de un Estado miembro, designada con arreglo a las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas de dicho Estado.
  • Acreditar un nivel de cualificación profesional equivalente, como mínimo, al nivel inmediatamente anterior al exigido en España, mediante el certificado previsto en el artículo 19.2 del Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, para todas las profesiones de seguridad privada, excepto detectives privados.
  • Acreditar la preparación del titular para el ejercicio de la profesión correspondiente.
  1. En los casos en que el Estado de origen no regule las diferentes profesiones de seguridad privada, el documento expedido por la autoridad competente, acreditativo de haber ejercido la profesión de que se trate en ese o en otro Estado de la Unión Europea, durante al menos dos años a tiempo completo, en el curso de los diez años inmediatamente anteriores al momento de la presentación de la solicitud, siempre que esté en posesión de uno o varios certificados de competencia o de uno o varios títulos de formación.
    En todo caso, los dos años de experiencia aludidos no podrán exigirse cuando la persona solicitante acredite una cualificación profesional adquirida a través de la superación de una formación regulada de las definidas en el artículo 8 del Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, y que corresponda a los niveles de cualificación señalados anteriormente.
  1. Tener conocimientos de lengua castellana suficientes para el normal desempeño de las funciones de seguridad privada.
  2. Los previstos en las letras a), e), f), g), h) e i) del primer apartado.
La carencia o insuficiencia de conocimientos o aptitudes necesarios para el ejercicio de las funciones de seguridad privada en España de los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, podrá suplirse por aplicación de las medidas compensatorias previstas en el artículo 5 de la Orden INT/2850/2011, de 11 de octubre, por la que se regula el reconocimiento de las cualificaciones profesionales para el ejercicio de las profesiones y actividades relativas al sector de seguridad privada a los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
La pérdida de alguno de los requisitos indicados producirá la extinción de la habilitación y la cancelación de oficio de la inscripción en el Registro Nacional, que será acordada por el Ministro del Interior, en resolución motivada dictada con audiencia del interesado. 
La inactividad del personal de seguridad por tiempo superior a dos años exigirá su sometimiento a nuevas pruebas para poder desempeñar las funciones que le son propias. Las pruebas podrán consistir en las siguientes modalidades:
  1. Ser declarado apto en las pruebas específicas que se convoquen por el Ministerio del Interior a tal efecto.
  2. Acreditar haber realizado un curso de actualización en materia normativa de seguridad privada, con una duración, como mínimo, de cuarenta horas lectivas, impartido por un centro de formación autorizado, bien en modalidad presencial o a distancia.
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domingo, 13 de octubre de 2013

Se alquila Estudio en el Edificio Almirante y Complejo Alhamar (España, Andalucía Costa del Sol, Málaga Mijas, Zona de Calahonda , a pie de playa de Calahonda . preguntar por Eva - Telf: 606949453

Se alquila Estudio en el Edificio Almirante y Complejo Alhamar (España, Andalucía Costa del Sol, Málaga  Mijas, Zona de Calahonda , a pie de playa de Calahonda .   preguntar por Eva - Telf: 606949453



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miércoles, 9 de octubre de 2013

Hoy en día las tecnologías llega a ver mas aya de utilizarlas con las manos y se activa con el movimiento de cabeza y con ordenes precisa donde también puedes ver calendario, horario, y este dispositivo tiene una cámara donde hace foto y vídeo donde para la seguridad publica y privada seria una buena herramienta de trabajo en caso extremos. Ángel Cruz Gallardo

Hoy en día las tecnologías llega a ver mas aya de utilizarlas con las manos y se activa con el movimiento de cabeza y con ordenes precisa donde también puedes ver calendario, horario, y este dispositivo tiene una cámara donde hace foto y vídeo donde para la seguridad publica y privada seria una buena herramienta de trabajo en caso extremos. Ángel Cruz Gallardo
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